Sucesos

Suspendida directiva de la policía municipal de Mariño del estado Nueva Esparta

El Viceministerio del Sistema Integrado de Policía (VISIPOL) suspendió de sus cargos este jueves al director,  subdirector, el jefe de la Oficina de Control de Actuación Policial (OCAP) y el  jefe de Operaciones  de la policía municipal de Mariño del estado Nueva Esparta, por incurrir en una serie de violaciones reiteradas a la legislación, reglamentos  y resoluciones que regulan la función policial.

La medida forma parte de las políticas de depuración de los cuerpos policiales del país que lleva a cabo el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz (MPPRIJP).

 El viceministro del Sistema Integrado de Policía, Giuseppe Cacioppo, informó que la suspensión se realizó en virtud de las irregularidades encontradas en una inspección realizada por la Oficina Nacional de Supervisión Disciplinaria de VISIPOL el pasado 15 de junio.

Detalló que constataron que  el cuerpo de policía no cumple con los estándares policiales establecidos por el órgano rector,  no posee una relación de los chalecos y esposas asignadas a ese cuerpo de policía y la Oficina de Control de Actuación Policial (OCAP) no le da continuidad a las averiguaciones administrativas de los funcionarios que renuncian a la institución.

 Ante ello, el  VISIPOL como órgano encargado de supervisar y controlar  la correcta prestación del servicio policial procedió a suspender de sus cargos  a  los cuatro funcionarios miembros  del equipo directivo, amparado en el artículo 97 de la Ley del Estatuto de la Función Policial y en el artículo 86 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, los cuales establecen responsabilidades a quienes quebranten las normas y pautas de conducta para el ejercicio de la función policial y los deberes inherentes al cargo o funciones encomendadas.

Cacioppo señaló que  fue designada la  Oficina Nacional de Supervisión Disciplinaria de los Cuerpos de Policías de VISIPOL   para realizar las averiguaciones correspondientes y determinar la responsabilidad disciplinarias que haya lugar por las irregularidades encontradas en el funcionamiento del mencionado organismo de seguridad ciudadana.

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