Nacionales

Planteles no podrán pedir documentos para la inscripción de niños

A través de la circular número 1569, el Ministerio para la Educación establece la eliminación de documentos y requisitos para la inscripción o prosecución de estudios en el subsistema de educación básica.
 
Esto se corresponde con lo establecido en la Ley Orgánica de Simplificación de Trámites Administrativos, la Constitución y la Ley Orgánica de Educación.
 
Por ello, queda prohibida la solicitud de fotocopia de la cédula de identidad,  así como originales y fotocopias de las partidas de nacimiento de representantes y estudiantes. Para el momento de inscripción solamente se necesita presentar el documento que corresponda.
 
La circular también establece que se prohíbe solicitar constancias de trabajo, de residencia y cualquier otro requisito como condición para la inscripción o prosecución de estudios. Se prohíbe, además, solicitar impresión de documentos que supongan gasto para los padres y representantes. 
 
Igualmente, no está permitida la exigencia de útiles escolares, aportes económicos y colaboraciones, que suponga gastos para los representantes, como para resma de papel, materiales de limpieza o de oficina.
 
En nota de prensa, el Ministerio para la Educación aclaró que la inscripción se realiza cuando un estudiante ingresa a un plantel por primera vez, como ocurre en educación inicial, primer grado de educación primaria, primer año de educación media o cambio de plantel.

Articulos Relacionados

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Back to top button