Nacionales

Mintur despliega campaña para dar a conocer la Ley de Turismo

Dirigida principalmente a los prestadores de servicios

El Ministerio del Poder Popular para el Turismo (MIntur), a través e sus redes sociales informa sobre el despliegue de una campaña dirigida principalmente a los prestadores de servicios para dar a conocer los detalles de la Ley Orgánica de Turismo.

De esta manera con la campaña “Conoce Tu Ley” se procura que los prestadores de servicios turísticos se familiaricen con sus deberes y derechos.

La norma destaca que entre los deberes formales de los prestadores de servicios turísticos, deben inscribirse en el Registro Turístico Nacional (RTN) para obtener la licencia de turismo correspondiente, cumplir con las obligaciones tributarias, formales y materiales, prevista en este Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley Orgánica, en el Código Orgánico Tributario y demás disposiciones especiales, dice en el artículo 46.

Asimismo, el artículo especifica el deber de exhibir en lugar visible del respectivo establecimiento el Registro Turístico Nacional, pagar las contribuciones especiales y tasas especiales previstas en este Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica, solicitar los permisos necesarios para el desarrollo, funcionamiento y modificación de proyectos turísticos, ofrecer las condiciones para que el turista o visitante pueda realizar el cambio de divisas para pagar los servicios prestados de acuerdo al convenio cambiario respectivo y demás normativa jurídica aplicable en la materia.

Además, la campaña de MIntur establece cumplir con las normas de clasificación y categorización cuando sean aplicables, establecidas en la presente Ley, sus reglamentos y demás normativas, a los establecimientos de alojamiento turístico que deberán utilizar un modelo de Tarjeta Unificada de Registro de Huéspedes, con los requisitos mínimos exigidos y sellado por el Órgano rector en señal de conformidad, refiere U. Noticias.

MinTurismo entrega certificación de Ruta Turística

Articulos Relacionados

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Back to top button